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domingo, 14 de junio de 2015

ANALIZAN EL EJECUTIVO ESTATAL Y CAPAZGRO PROYECTO DE LEY DE AMNISTÍA

ANALIZAN EL EJECUTIVO ESTATAL Y CAPAZGRO PROYECTO DE LEY DE AMNISTÍA

 

Chilpancingo, Guerrero, 14 de junio.- Como parte de los trabajos que llevan a cabo representantes del poder Ejecutivo y la Comisión de la Armonía para la Construcción de la Paz y el Desarrollo Sustentable de Guerrero (Capazgro), se reunieron este fin de semana para analizar el contenido del proyecto de iniciativa de la Ley de Amnistía, que el gobernador Rogelio Ortega Martínez envió en días pasados al Congreso del Estado.

La Amnistía como acto del poder público, es decretada cuando existen razones de orden general. Extingue las acciones penales y las sanciones impuestas respecto de delitos comunes e infracciones contravencionales o disciplinarias cometidos con anterioridad. Esto es por regla, delitos no tipificados como graves por el derecho penal vigente en el estado.

Además produce la extinción de todas sus consecuencias represivas, sin individualizar a los destinatarios del beneficio, quienes no pueden renunciarlo y una vez reconocido por una resolución judicial como cosa juzgada, es irrevocable, pero subsistente la reparación de daños y perjuicios y la responsabilidad civil, quedando a salvo los derechos de quienes puedan exigirla.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su Artículo 73 fracción XXII, otorga al Congreso de la Unión la atribución de conceder amnistía por delitos cuyo conocimiento pertenezca a los tribunales de la federación y que para decretarla a nivel estatal debe hacerse mediante una Ley, que los delitos sean del fuero común, preferentemente políticos y que beneficie a una pluralidad.

En el mismo sentido, el Código Nacional de Procedimientos Penales, en su Artículo 485 fracción VI y la Ley de Ejecución Penal del Estado de Guerrero en su Artículo 190 fracción VI, prevén la amnistía como una de las causas que extinguen la pretensión punitiva o la potestad de ejecutar las penas y medidas de seguridad impuestas, excepto la reparación del daño, necesariamente correlativa a la amnistía en términos de dación de justicia.

Por su parte, el actual gobierno del estado se ha caracterizado por privilegiar el diálogo y la negociación por encima de la represión y confrontación; estudiar y encontrar de manera conjunta con el poder público, alternativas de solución a las demandas presentadas por ciudadanos y organizaciones y aplicar las acciones concertadas que garanticen su concreción en los hechos, propiciando con ello una convivencia armónica y pacífica que abone al desarrollo integral de la sociedad.

Ante ello, el Ejecutivo local envió al Congreso del Estado para su análisis, discusión y en su caso, aprobación, la iniciativa de Ley de Amnistía en beneficio de todas aquellas personas contra quienes, de conformidad con el Código Penal del Estado, se haya ejercitado acción penal por delitos del fuero común ante los tribunales estatales, desde el primero de abril del 2011 hasta el 26 de octubre del 2015, con motivo de su participación en movilizaciones, protestas y actos tendientes al reclamo de demandas sociales; ello, sin perjuicio de la reparación del daño sufrido por las víctimas y afectados por tales actos en los términos de las disposiciones y ordenamientos relativos y aplicables.

En ninguna circunstancia y bajo ningún argumento se podrá aplicar la propuesta de Ley de Amnistía a quien esté acusado de ilícitos cometidos bajo la protección de organismos oficiales, militares o policiales.

El análisis que se realiza se este proyecto presentado ante el Congreso local, busca definir retos para alcanzar consensos entre los actores políticos y sociales sobre la pertinencia de esta ley.

 

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