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lunes, 9 de abril de 2012

Nota Aclaratoria del sindicato de redactores de la prensa delegación XXlX


Coyuca de Benítez, Guerrero a 08 de Abril de 2012.

 

C. Ricardo Espejel Arellano.

Secretario General del Comité

Ejecutivo Nacional del SNRP.

C. Secretarios de las Delegaciones

XVll, XXV, XXVll, XXXV, LXl.

A la Opinión Pública.

 

   En mi carácter de Secretario General del Comité Ejecutivo de la Delegación XXlX del SNRP, con sede en la ciudad de Coyuca de Benítez, les expongo lo siguiente:

  En atención a la nota periodística publicada el día 30 de Marzo del año en curso, en el periódico "El Despertar de la Costa", desmiento cada uno de los agravios que se me imputan a los cuales enumero sucesivamente.

  Como punto numero uno: los supuestos declarantes a que hace alusión el periodista Cuauhtémoc Rea Salgado, los señala como miembros de la delegación XXV y dicha delegación tiene su sede en la ciudad y puerto de Acapulco, siendo su delegado el compañero Domingo Gómez Gallardo, a quien le solicite si existía dicho nombre en su padrón, confirmando negativamente.

  Como punto numero dos: que los pseudos declarantes señalan que he estado cometiendo una serie de anomalías escudándome como Secretario de la Delegación, pero no especifican de que forma y agregan que he conseguido apoyos para mi beneficio, pidiendo mi expulsión, para lo cual cuando se hace una declaración se deben de presentar pruebas, ya sea en forma escrita, grafica, etc., así como no estipulan los artículos en que se fundamentan para solicitar mi expulsión o la expulsión de cualquier miembro de la Delegación, ya que desde mi elección y toma de protesta realizada el día 26 de febrero del año 2011, por el entonces secretario de trabajo del CEN nacional(Rogaciano Méndez) y posteriormente por el Secretario General del CEN Nacional del SNRP (Isaac Olmedo Lavariega) el día 7 de junio del 2011, hasta la fecha a cada miembro de la Delegación XXlX, les he hecho llegar, copias de los estatutos con los que se rige el SNRP nacional, así como los estatutos de la ley 463 del Fondo de Apoyo a los Periodistas y sus normas de operatividad y es ilógico que si se habla de los estatutos se debe enumerarlos ya que como se plasma en la nota informativa se aprecia que los declarantes no se han tomado la molestia por estudiarlos o analizarlos.

  Como tercer punto: el entrevistador señalo como entrevistado a Leonel García Sánchez, como agremiado de la delegación XXV del SNRP (vuelve a caer en error) y en documentos que obran en nuestros archivos desde el año 2007 en que se estableció la delegación XXlX del SNRP en Coyuca de Benítez, no existe o esta registrado con este nombre persona alguna, así como en las demás delegaciones en el estado de Guerrero.

  Como cuarto punto: se señala que he conseguido apoyos muy personales y que he estado tomando decisiones sin tomar en cuenta a los miembros del SNRP agregando que el gobernador del estado me ha estado dando la cantidad de un mil 500 pesos mensuales y a otras dos personas de las cuales hacen referencia sin dar nombre alguno, desde que tome protesta como delegado, los compromisos que hice en acto publico fueron, contar con oficinas propias, lo cual es un hecho, tener un representante de nuestra delegación ante el comité del Fondo de Apoyo a los Periodistas (FAP) que recae en la persona del compañero Gaspar Hernández Pino (quien fue avalado por los socios de la delegación XXlX), gestionar recursos en beneficio de los agremiados a la delegación XXlX, ya sea económico en especie o académicos en lo referente  a lo económico y especie quiero dar a conocer que en cuanto a los constantes anuncio que ha realizado el gobernador del estado de Guerrero en apoyo al gremio periodístico hace anuncios de apoyo pero no dice como y ante quien, ya que cuando uno o cualquier compañero realiza gestión alguna ante cualquier secretaria inmediatamente nos señalan que por eso existe el FAP y para conseguir recursos a través de este el solicitante debe de estar en el padrón del mismo para poder conseguir dicho apoyo. En cuanto al supuesto apoyo personal hacen el señalamiento pero no presentan pruebas, lo que si quiero aclarar que en dado caso recibiese un apoyo económico por parte de cualquier instancia de gobierno ya sea municipal, estatal o federal, quiero decir que como periodista y mi única fuente de empleo e ingreso económico, como el de muchos compañeros que ejercemos esta noble labor, nos vemos en la necesidad de trabajar periodísticamente hablando con dichas instancias, ya que por cada publicación que hay en los medios en que trabajamos estas perciben un pago económico y en cuanto a las computadoras que señalan si no se pertenece al padrón del FAP no adquieres ningún beneficio.

  En el punto numero cinco señalan: un curso realizado en la ciudad y puerto de Ixtapa Zihuatanejo en la cual recibimos viáticos por mil pesos cada uno, quiero aclarar que la invitación que realizo SEDESOL a los comités integrantes del FAP, a través del Coordinador de los comités integrantes de este (Andrés Arias Jurado) vía correo electrónico al compañero Gaspar Hernández Pino, el coordinador señala únicamente la asistencia de dos personas por delegación integrante del comité, esto por motivo de hospedaje  y gastos, para lo cual quiero señalar que no recibimos tal apoyo en viáticos lo cual, si desean los quejosos pueden solicitar a la SEDESOL o la Secretaria de Finanzas del Estado, documento alguno en donde se haya estampado nuestra firma como representantes de la delegación XXlX.

  Como sexto punto: vuelven a señalar los estatutos mas no los enumeran y en las reuniones que hemos realizado hemos dado a conocer los avances que tenemos como delegación, las delegaciones somos autónomas, los estatutos nada mas señalan las obligaciones de la dirigencia nacional, el único apartado que se hace mención a las delegaciones es el capitulo XlX, titulo Reglamento de Delegaciones Filiales, en su articulo 133, sexto párrafo se señala las asambleas las cuales dice que deben de realizarse periódicamente pero no señala si deben de ser semanal, quincenal, mensual, bimestral, entendiéndose que solo los miembros deben de elegir la periocidad de los mismos.

  En el séptimo punto: señalan la aportación de cuotas sindicales yo los convido a que presenten sus recibos membretados, sellados y firmados por el secretario tesorero de la delegación del cual no hacen alusión y en lo referente al ingreso del Fondo de Apoyo a Periodista, el compañero representante de nuestra delegación ante  el comité del FAP, les ha hecho llegar a cada uno de los miembros del formato de solicitud de ingreso y hasta la fecha no le han realizado la devolución de este con su correspondiente documentación para su pronta presentación al FAP.

  En el octavo y ultimo punto en lo referente al esclarecimiento del crimen perpetrado a los compañeros Juan Francisco Rodríguez Ríos y su esposa María Elvira Hernández Galeana el día 27 de junio del 2010, esta demás decir que en tiempo y forma (27 de Febrero de 2011) le informe al compañero Rogaciano Méndez y como testigos el compañero Gaspar Hernández Pino y Andrés Arias Jurado, en la ciudad y puerto de Zihuatanejo, previo a la toma de protesta del compañero Asunción Nogueda Fierro (delegación LXl del SNRP) de los avances y circunstancias de la muerte de los compañeros para lo cual me recomendó dejar que las autoridades se hagan cargos de las investigaciones y de la petición de los familiares de los compañeros el de no interferir en las investigaciones ya que de las marchas que se realizaron por parte de compañeros periodistas en la ciudad de Acapulco, ante las oficinas de la procuraduría, los familiares recibían amenazas de muerte y para ello nos solicitaron ya no intervenir .

  Por ultimo y considerando:

Que cada una de los agravios que se presentan en mi persona en la nota periodística de parte de Cuauhtémoc Rea, fue realizada con falta de ética y con un beneficio económico, ya que en los diversos foros realizados en beneficio del gremio periodístico en el cual Coyuca de Benítez, fue sede de uno de ellos, los ponentes, entre ellos puedo nombrar a la Lic. Perla Gómez Gallardo (presidenta de LIMAC), en la cual nos recomendó de manera tajante el tener cuidado en como realizamos la nota periodística, primordialmente el tener las pruebas suficientes y veraz en la que evidenciamos al funcionario o cualquier personaje publico, ya que con la modificación de las leyes que nos rigen podríamos ser merecedores a severas sanciones.

Es lamentable que una persona que tubo su preparación académica en la Unidad Académica de Ciencias de la Comunicación, con sede en la ciudad de Chilpancingo, Gro., como lo ha estado pregonando Cuauhtémoc Rea, se le pasen estos detalles o errores garrafales, ya que puede ser acreedor a una sanción jurídica o demanda y mas lamentable, el sorprender el buen criterio del editor del Despertar de la Costa.

En cuanto a la persona que se dedico a renviar la nota periodística Juan Carlos Rojas (juancarlosri06@gmail.com), con falta de profesionalismo y ética periodística magnifico el titulo de la nota, por que si en verdad el y los demás pseudos integrantes de la actual directiva nacional del SNRP, como se hacen llamar, no presentan documento alguno que los avale como tal y es demás sabido por todos los que estamos afiliados al SNRP, de acuerdo a los estatutos la finalidad en su capitulo primero, artículos 1, 2, 3 es la de constituirse como un organismo de resistencia de carácter industrial y profesional, así como los fines generales es el estudio, mejoramiento y defensa del interés profesional de los trabajadores del periodismo y de actividades similares y conexas, como el de organizar a todos los miembros de la agrupación en la forma que mas convenga a sus fines, preceptos que están violentando con el renvió de la nota ya que debieron de solicitar la veracidad de lo publicado y escuchar a las partes involucradas.

En el capitulo segundo, articulo 5, incisos a, b, c, d, e, señala los principios que rigen al SNRP, los cuales son la eficiencia, la honestidad, la justicia y la verdad como criterios rectores de su actividad y de la de sus agremiados, como la democracia como forma de organización y de vida sindical, la vida política militante, la prevalencia del interés nacional por encima del interés particular, ya sea privado o gubernamental y la obligación y el derecho a la comunicación como fundamento de la libertad intelectual y de la practica profesional de la información y como síntesis de los derechos de ser informado a informar, a la protección de la vida privada y a participar en la comunicación publica.

Tales preceptos no fueron analizados por la pseudos dirigencia, a la cual no se especifica por quienes está integrada.

Por ultimo informo, la delegación XXlX, de la que estoy gustoso representar y dirigir se ha regido por los conceptos de la ética personal y profesional, como también no soy el único que la integra, ya que contamos con un comité que le da vida sindical y se avoca en atender las inquietudes de los compañeros y siempre estamos en contra del chantaje, extorsión periodística  por obtener un beneficio personal.

 

                                                            ATENTAMENTE.

 

                                             LIC. WILIBALDO ORTEGA BANCHES

                            SECRETARIO GENERAL DE LA DELEGACION XXlX. 


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