PERIODICO ELECTRONICO DE ZIHUATANEJO

LIDER EN INFORMACION AL MOMENTO CON COBERTURA EN LA COSTA GRANDE DE GUERRERO





viernes, 30 de marzo de 2012

Sedesol informa: Seguirán ejecutándose los programas sociales en todo el país


Sedesol informa: Seguirán ejecutándose los programas sociales en todo el país

 

La Secretaría de Desarrollo Social informa a la población en general que los programas sociales continuarán apIicándose en todo el país de forma normal, ya que el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales sólo prohíbe la difusión de propaganda gubernamental.

Solamente los programas de transferencias económicas serán reprogramados para concluir el 22 de mayo inclusive, a fin de respetar los 40 días previos a la jornada electoral del primero de julio.

Asimismo, para conocimiento de la población interesada y del mismo personal de la dependencia, se informa que los servidores públicos deberán abstenerse de:

I .    Condicionar la entrega de recursos provenientes de programas públicos federales, locales o municipales, en dinero o en especie, el otorgamiento, la administración o la provisión de servicios  o programas públicos, la realización de obras públicas u otras similares a:

a.   La promesa o demostración del voto a favor de algún precandidato, candidato, partido o coalición; a la no emisión del voto para alguno de éstos en cualquier etapa del proceso electoral o la abstención;

b.   La promesa, compromiso u obligación de asistir, promover o participar en algún evento o acto de carácter político o electoral;

c.   Realizar o participar en cualquier tipo de actividad o propaganda proselitista, de logística, de vigilancia o análogas en beneficio o perjuicio de algún partido político, coalición, aspirante, precandidato o candidato o a la abstención; o

d.   No asistir a cumplir sus funciones en la mesa directiva de casilla, de ser el caso.

II.    Entregar o prometer recursos públicos en dinero o en especie, servicios, programas públicos, dádivas o cualquier recompensa, a cambio de alguna de las conductas electorales señaladas en la fracción anterior.

III.   Amenazar con no entregar recursos provenientes de programas públicos federales, locales o municipales, en dinero o en especie, no otorgar, administrar o proveer de servicios o programas públicos, o no realizar obras públicas u otras similares, de no efectuarse alguna de las conductas electorales señaladas en la fracción I.

IV.   Suspender la entrega de recursos provenientes de programas públicos federales, locales o municipales, el otorgamiento, administración o provisión de servicios o programas públicos, o la realización de obras públicas, y otras similares, de no efectuarse alguna de las conductas electorales señaladas en la fracción I.

.      Recoger, retener o recabar la información de la credencial para votar con fotografía sin causa prevista por ley o amenazar con ello, a cambio de entrega o mantenimiento de recursos públicos, bienes, obras, servicios o programas públicos en general.

VI.   Ordenar, autorizar, permitir o tolerar la entrega, otorgamiento, administración o provisión de recursos, bienes o servicios que contengan elementos visuales o auditivos, imágenes, nombres, lemas, frases, expresiones, mensajes o símbolos que conlleven, velada, implícita o explícitamente:

a.   La promoción personalizada de funcionarios públicos;

b.   La promoción del voto a favor o en contra de determinado partido político, coalición, aspirante, precandidato o candidato; o

c.   La promoción de la abstención.

VII.  Entregar, otorgar, administrar o proveer recursos, bienes o servicios que contengan elementos, como los descritos en la fracción anterior.

VIII. Obtener o solicitar declaración firmada del posible elector acerca de su intención de voto, mediante promesa de pago, dádiva u otra similar.

IX.   Autorizar, permitir, tolerar o destinar fondos, bienes o servicios que tenga a su disposición con motivo de su empleo, cargo o comisión para apoyar o perjudicar a determinado partido político, coalición, aspirante, precandidato o candidato, o promover la abstención.

X.    Ordenar o autorizar, permitir o tolerar la utilización de recursos humanos, materiales o financieros que tenga a su disposición para promover o influir, de cualquier forma, en el voto a favor o en contra de un partido político, coalición, aspirante, precandidato o candidato, o la abstención.

XI.   Utilizar los recursos humanos, materiales o financieros que por su empleo, cargo o comisión tenga a su disposición para promover o influir, de cualquier forma, en el voto a favor o en contra de un partido político, coalición, aspirante, precandidato o candidato, o a la abstención.

XII.  Emplear los medios de comunicación social oficiales, los tiempos del Estado en radio o televisión a que tenga derecho o que sean contratados con recursos públicos, para promover o influir, de cualquier forma, en el voto a favor o en contra de un partido político, coalición, aspirante, precandidato o candidato.

XIII. Cualquier conducta análoga que a través de la utilización de recursos públicos vulnere la equidad de la competencia entre los partidos políticos, coaliciones, aspirantes, precandidatos o candidatos,  a juicio de la autoridad electoral.

Además, deberán abstener de las siguientes conductas:

I.     Asistir, durante sus respectivas jornadas laborales, a mítines, marchas, asambleas, reuniones o eventos públicos que tengan como finalidad promover o influir, de cualquier forma, en el voto a favor o en contra de un partido político, coalición, aspirante, precandidato o candidato, o la abstención.

II.    Usar recursos públicos para promover la difusión de propaganda que pueda influir o inducir el sentido del voto de los militantes o electores.

III.   Utilizar medios de transporte de propiedad pública para asistir a eventos político-electorales para promover o influir de cualquier forma en el voto a favor o en contra de un partido político, coalición, aspirante, precandidato, candidato o a la abstención.

En adición a las obligaciones establecidas en los puntos anteriores, los sujetos obligados deberán notificar a las instancias competentes, en su caso, el conocimiento que tuvieren de la trasgresión de alguna de las prohibiciones antes descritas.

Las anteriores disposiciones fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación el pasado 24 de febrero de 2012, en la página 10 de la Primera Sección.

0 comentarios:

Publicar un comentario

Para escribir tu comentario debes de iniciar sesion o
registrate en cualquiera de las paginas que te pide este blogger, gracias por su preferencia

En la página web del PERIODICO ELECTRONICO DE IXTAPA ZIHUATANEJO te ofrecemos las noticias más relevantes, trascendentes e importantes de la región de la Costa Grande y del Estado de Guerrero, y al mismo tiempo, la información más valiosa que se origina todos los días, y a todas horas, con actualización al momento con noticias fresca.

Durante el diseño de la página Web del periódico electrónico http://periodicoelectronicodezihuatanejo.blogspot.com/, hemos pensado y albergamos la esperanza de que le sea de tu utilidad, y encuentres las noticias frescas y valiosas por su contenido y oportunidad.


Esta página Web nació de las necesidades de la sociedad de tener una página web donde podrá encontrar información de su localidad, de tal forma la ponemos a tu disposición.


Gracias por tu preferencia.

Director General

 
Electronic Newspaper of Ixtapa Zihuatanejo. Design by Wpthemedesigner. Converted To Blogger Template By Anshul Tested by Blogger Templates.